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Intención de Maduro de disolver la AN no tiene base constitucional PDF Imprimir E-Mail
Fuente: El Nacional    Fecha noticia: 2016-10-25   
Escrito por Administrator   
Tuesday, 25 de October de 2016

El abogado constitucionalista Pedro Alfonso del Pino aseguró que ninguno de los Poderes Públicos tiene un “sustento para atentar contra la integridad del Legislativo ni el de sus parlamentarios”. Enfatizó que todo movimiento que se haga estará fuera de Constitución a pesar “que se ha violado constantemente en los últimos días”


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La Asamblea Nacional aprovechó en la sesión extraordinaria del domingo para aprobar un proyecto de acuerdo que busca Restaurar el Orden Constitucional en Venezuela. Esta medida aplicada por la mayoría opositora en el Parlamento fue en respuesta a la decisión del Consejo Nacional Electoral de suspender provisionalmente la convocatoria a un referéndum revocatorio contra el presidente de la República, Nicolás Maduro.

Luego de aprobar la moción de ayer contra el gobierno nacional; el primer mandatario, que se encuentra fuera del país luego de una gira por Arabia Saudita y El Vaticano, llegaría hoy a Venezuela con la intención de aplicar varios movimientos políticos entra los que destaca, según información extraoficial, la de disolver la Asamblea Nacional.

A pesar de que funcionarios y asesores del oficialismo aseguran que pueden aplicar esta medida, sea bajo un Consejo de Ministro que intente reducir el periodo legislativo, el abogado constitucionalista Pedro Alfonso del Pino aseguró que actualmente no existe una base constitucional que le dé potestad al presidente de la República, o a alguno de los Poderes Públicos, disolver al Parlamento venezolano.

“La única manera que tiene el presidente de la República de disolver a la Asamblea Nacional es si desde el Hemiciclo se aplican tres mociones de censura contra el Vicepresidente Ejecutivo en un mismo período. Esto es algo que no se ha aplicado hasta la fecha”, dijo el jurista en una consulta realizada por El Nacional Web.

El artículo 240 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que “… la remoción del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva en tres oportunidades dentro de un mismo período constitucional, como consecuencia de la aprobación de mociones de censura, faculta al Presidente o Presidenta de la República para disolver la Asamblea Nacional. El decreto de disolución conlleva la convocatoria de elecciones para una nueva legislatura dentro de los 60 días siguientes a su disolución. La Asamblea no podrá ser disuelta en el último año de su período constitucional”.

En lo que respecta a este artículo, Del Pino aseguró que ninguno de los Poderes Públicos puede atentar contra el Legislativo ni la inmunidad de sus diputados debido a que es la institución “que está mejor constituida”.

“La única aplicar una medida contra la Asamblea, es dentro de la propia Asamblea. El Tribunal Supremo de Justicia no puede elegir a los diputados, pero el Parlamento si elige a los magistrados, o a los rectores del CNE y los demás integrantes del Poder Moral”, dijo.

El abogado igual aclaró que después de las repetidas violaciones a la Constitución por parte de diferentes actores del gobierno en los últimos días, no le sorprende que se intenten “buscar alguna excusa” para atentar con la legitimación del Parlamento.

“Ya ni intentan argumentar o darle la vuelta a las leyes. Lo que estamos viendo es una vulgar violación a la Constitución y el Estado de Derecho”, puntualizó.


http://www.el-nacional.com/politica/Intencion-Maduro-disolver-AN-constitucional_0_945505554.html




Modificado el ( Monday, 24 de October de 2016 )
 
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