La Sala Constitucional argumentó que de varios actos parlamentarios se denotan actuaciones que tienden a solicitar la intervención de organismos e instancias internacionales en asuntos internos de la República
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió los efectos de los actos parlamentarios realizados el 10 y 31 de junio por considerar que la Asamblea Nacional usurpó funciones del Ejecutivo.
La sala argumentó que en varios actos parlamentarios se observan actuaciones que tienden a solicitar la intervención de organismos e instancias internacionales en asuntos internos de la República.
“Se observan indicios de los cuales pudiera desprenderse que el órgano legislativo ha asumido atribuciones que constitucionalmente son propias del Poder Ejecutivo, por lo que esta Sala, en ejercicio pleno de sus amplios poderes cautelares, y con el propósito de asegurar que los actos que hasta ahora han sido emanados desde la Asamblea Nacional y sus actos futuros no impliquen probables usurpaciones de funciones atribuidas al Ejecutivo Nacional, dicta medida cautelar, en ejercicio de su prudente arbitrio, razón por la que se suspenden los efectos de los actos parlamentarios de fechas 10 y 31 de mayo de 2016”, dice parta de la sentencia.
En la sesión del 31 de mayo el Parlamento aprobó un Acuerdo que respalda el Interés de la Comunidad Internacional hacia Venezuela. En el documento se refleja el interés que han manifestado el G-7, OEA, Unasur, Mercosur y el Vaticano sobre la situación económica, política y social del país.
Mientras que, el 10 de junio, la AN debatió sobre la ruptura del orden constitucional en Venezuela. Pidió al TSJ y CNE no violar lo establecido en la Constitución.
http://www.el-nacional.com/politica/TSJ-efecto-actos-parlamentarios-mayo_0_866913422.html