Estado de Excepción permite establecer límites para operaciones en bolívares |
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Fuente: Banca y Negocios
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Fecha noticia: 2016-05-17
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Escrito por Administrator
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Tuesday, 17 de May de 2016 |
El Ejecutivo Nacional, a través del ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública, quedó facultado para dictar las normas correspondientes a un control de capitales en el país, según la información contenida en el Decreto sobre Estado de Excepción y Emergencia Económica n° 2.323 publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria n° 6.227.
De acuerdo con el artículo 4 del mencionado decreto, “el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de banca y finanzas podrá efectuar las coordinaciones necesarias con el Banco Central de Venezuela a los fines de establecer límites máximos de ingreso o egreso de moneda venezolana de curso legal en efectivo, así como restricciones a determinadas operaciones y transacciones comerciales o financieras, restringir dichas operaciones al uso de medios electrónicos debidamente autorizados en el país”.
De igual manera, el artículo 3 del decreto deja la puerta abierta a nuevas decisiones presidenciales al afirmar que el primer mandatario “podrá dictar otras medidas de orden social, ambiental, económico, político y jurídico que estime convenientes a las circunstancias, de conformidad con los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con la finalidad de resolver la situación extraordinaria y excepcional que constituye el objeto de este Decreto e impedir la extensión de sus efectos”.
http://bancaynegocios.com/estado-de-excepcion-permite-establecer-limites-para-operaciones-en-bolivares/
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Modificado el ( Monday, 16 de May de 2016 )
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