Con respecto a la fijación de precios, la ley establece que ningún margen de ganancia podrá ser superior al 30% de la estructura de costos del bien producido o servicio prestado.
(Caracas, Venezuela. Redacción Sumarium).- Mediante vía Habilitante, el gobierno aprobó la reforma de la Ley Orgánica de Precios Justos, a través del decreto presidencial N° 2.092 que circula este martes en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.202.
La normativa tiene como objeto la determinación de precios de bienes y servicios, los márgenes de ganancia, los mecanismos de comercialización, y los controles que se deben ejercer para garantizar el acceso de las personas a precios justos.
Uno de los cambios más resaltantes de la nueva normativa, es el aumento de las sanciones y penas a quienes incurran en los delitos estipulados, las cuales van desde prisión hasta multas y cierre temporal de almacenes, depósitos y establecimientos, suspensión temporal en Rupdae, ocupación temporal con intervención de almacenes, depósitos, industrias, comercios, destaca una nota de El Mundo.
ESTAS SON LAS SANCIONES
Expendio de alimentos o bienes vencidos: Multa de 500 a 10.000 Unidades Tributarias. Si se tratase de alimentos o medicinas vencidas que pongan en riego la vida o salud de las personas, será sancionado con prisión de siete a nueve años.
Especulación: Prisión de ocho a 10 años. Además, puede contemplar la ocupación de temporal hasta por 180 días y una multa de 1.000 a 50.000 Unidades Tributarias.
Alteración fraudulenta: Prisión de cinco a 10 años, ocupación temporal d hasta por 180 días y multa de 500 a 10.000 Unidades Tributarias.
Acaparamiento: Prisión de ocho a 10 años y ocupación de temporal de hasta 180 días.
Desestabilización de la economía: Las penas contempladas en la Ley Orgánica serán aplicadas en su límite máximo.
Reventa de productos: Este delito amplía el margen de aplicación a “los productos de la cesta básica o regulados”, en la anterior normativa solo contemplaba los productos declarados de “primera necesidad”. La pena queda establecida con prisión de tres a cinco años, multa de 200 a 10.000 UT y comiso de las mercancías.
MARGEN DE GANANCIA
Con respecto a la fijación de precios, la ley establece que ningún margen de ganancia podrá ser superior al 30% de la estructura de costos del bien producido o servicio prestado.
La Superintendencia Nacional para la Defensa de las Derechos Socioeconómicos (Sundde) podrá determinar los márgenes de ganancia por sector, rubro, espacio geográfico, canal de comercialización, actividad económica o cualquier otro concepto.
Este ente quedará encargado conjuntamente con el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) de la administración de divisas para la inversión de los bienes o servicios ofrecidos.
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Hasta 5 años de cárcel para revendedores electrónicos
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